hoy, 13 de noviembre, se han publicado las nuevas convocatorias de subvenciones para el pago de alquileres del Ayuntamiento de Aranda de Duero a empresas y autónomos del sector comercio, hostelería y  para otros sectores afectados por COVID-19

 

Subvención para el pago del alquiler de bienes inmuebles a empresas y autónomos para otros sectores afectados por la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19 de esta localidad

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Subvenciones para las ayudas de emergencia para pago de alquiler y préstamos hipotecarios de bienes inmuebles a empresas y autónomos del sector del comercio y la hostelería sitos en esta localidad

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IMPORTANTE: Las solicitudes se tramitarán y resolverán atendiendo a su orden de presentación.

 

Solicitudes:

Se presentará una solicitud por establecimiento de los sectores determinados en las presentes bases, conforme al modelo normalizado “Solicitud subvención concesión directa” desde el día siguiente a su publicación en el BOP de Burgos.

 

Plazo de presentación de solicitudes: Se otorga un plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia.

 

El procedimiento es por concesión directa, es decir, por orden de presentación de las solicitudes

 

Podéis acceder a las bases y demás anexos de las subvenciones de alquiler para la localidad de Aranda de Duero en la web del Ayuntamiento de Aranda de Duero

 

Existen dos líneas de ayuda diferenciadas:  

  • Comercio y hostelería
  • Otros Sectores.

 

Finalidad: hacer frente a los gastos de alquiler de bienes inmuebles donde se realicen cualquier actividad que por motivo de la emergencia sanitaria derivada del COVID-19 hayan cesado su actividad, cerrado sus establecimientos y/o reducido sus ingresos desde el 1/1/2020 hasta la fecha de la solicitud, del 50 al 99% con respecto al mismo periodo del año anterior.

 

Gastos Subvencionables y Cuantía:

Serán gastos Serán gastos subvencionables los gastos del alquiler del local donde se realice la actividad económica y que se devenguen desde 1 de junio de 2020, por importe máximo de 500€ mensuales y hasta tres mensualidades correlativas de alquiler. El importe máximo por solicitante será de 1500€. Atendiendo a los siguientes criterios:

  1. 75% del importe del alquiler para aquellos solicitantes con menos de 2 trabajadores
  2. 100% del importe del alquiler para aquellos solicitantes con 2 o más trabajadores

 

Los importes serán sin IVA.

 

Beneficiarios:

Podrán resultar beneficiarios de la prestación cualquier persona física o jurídica que tenga la consideración de pyme o micropyme, cuyo domicilio social y/o fiscal se encuentre en el término municipal de Aranda de Duero, que realicen su actividad en establecimientos con centro de trabajo ubicado en Aranda de Duero y:

  1. a) Que la empresa que realiza la actividad se encuadre en alguno de los siguientes supuestos:
  2. Suspensión o cierre de apertura al público contemplados en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, tal y como queda redactado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo.
  3. Aquellas no afectadas por la suspensión de apertura al público o cierre, que su facturación en los meses de enero a la fecha de presentación de la solicitud de subvención se haya visto reducida entre un 50 y un 99% en relación con la facturación obtenida en el mismo periodo en el año 2019.
  4. Aquellas no afectadas por la suspensión de apertura al público y que habiendo iniciado su actividad a partir del mes de febrero de 2020 hubieran facturado entre el 14 de marzo y la fecha de presentación, una cantidad mensual inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en 2020.

 

En el caso del sector hostelero deberán estar inscritos en el Registro de Turismo de Castilla y León a fecha 13 de marzo de 2020.

Para el sector comercio, deberán estar inscritos dentro de alguno de los códigos de la división de CNAE 47

 

Consultar las bases adjuntas en atención a las actividades expresamente excluidas.